Díkaion (Jan 2011)

La conducta como elemento configurador en el concepto de derecho. Su ámbito de aplicación como el primer analogado en la filosofía práctica

  • Alejandro Castaño B.

Journal volume & issue
Vol. 20, no. 2
pp. 327 – 346

Abstract

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Investigar el concepto de Derecho implica, de un lado, dar cuenta de la existencia de los múltiples modelos epistemológicos; esta dispersión epistemológica no solamente hay que entenderla en el nivel de la filosofía del derecho, de la ciencia jurídica y de la clasificación de los saberes, sino que involucra de manera directa considerar la polisemia del concepto de lo jurídico. En el iusnaturalismo en general, esta elucidación implica plantearse las relaciones entre la justicia y los diferentes componentes del mundo jurídico. En la actualidad, esa relación entre justicia y Derecho ha dado lugar a múltiples explicaciones. Para Rodolfo Vigo, el concepto de Derecho puede entenderse como relación entre dos o más personas siguiendo lo planteado por Finance. De otro lado, el mismo Vigo sugiere que algunos autores, evocando a Suárez, sostienen que el concepto de Derecho pudiese ser defendido en su sentido más fidedigno como Derecho subjetivo. Igualmente, el mismo podría referirse a la justa proporción de los bienes que se reparten entre los miembros de una sociedad, siguiendo a M. Villey, o finalmente, optar por construir una definición con base en el significado focal del Derecho como lo hace en su obra J. Finnis. El objetivo del artículo consiste en presentar cómo en el nuevo iusnaturalismo la relación es consustancial con la justicia, puesto que la noción de lo justo tiene relación directa con la de persona, inscrita en la filosofía del ser. En particular, en la obra de Massini se destaca la conducta humana como el primer analogado del concepto de Derecho, situación que no solo implica una ordenación de los niveles del mundo jurídico, sino efectos prácticos en las decisiones por adoptar.