Revista Lecciones y Ensayos (Dec 2015)

Una mirada a las instituciones de guarda y cuidado. Necesaria transformación del ordenamiento jurídico cubano

  • Grisel Galiano Maritan,
  • Claudia Lorena Morffi Collado,
  • Hanny Noa Pérez

Journal volume & issue
Vol. 95
pp. 67 – 98

Abstract

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La incapacidad afecta la capacidad de obrar de las personas, colocándolas en una situación especial de sujeción a ciertos mecanismos de guarda, y solo puede declararse en los casos legalmente establecidos en la ley requiriendo de un proceso previo y sentencia para tal efecto. El Código de Familia regula como instituciones tutelares la patria potestad y la tutela, sin embargo, obvia otras que son de gran importancia como la autotutela, la curatela, la patria potestad prorrogada y rehabilitada, el defensor judicial, la guarda de hecho, guarda administrativa y el acogimiento familiar. El reconocimiento de estas instituciones de guarda y cuidado en el ordenamiento familiar cubano propiciarían las vías adecuadas para la asistencia y protección de las personas incapaces, discapaces y con capacidad restringida, constituyendo un mecanismo idóneo para su participación en el mundo jurídico.

Keywords