Crónica Tributaria (Sep 2015)

CLAVES DEL CONFLICTO COMISIÓN EUROPEA-TGUE CON MOTIVO DE LA FISCALIDAD DEL FONDO DE COMERCIO FINANCIERO EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES ESPAÑOL

  • Juan Calvo Vérgez

Journal volume & issue
Vol. 156, no. 3
pp. 7 – 48

Abstract

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El presente trabajo tiene por objeto analizar el tratamiento que recibe el llamado fondo de comercio financiero a la luz de los sucesivos pronunciamientos emitidos a este respecto por la Comisión Europea, en los que se vino a poner de manifiesto que la medida en cuestión implicaba el uso de recursos por parte del Estado, ya que se renunciaba a esta parte de ingresos. Y, por lo que respecta a la selectividad, se señaló que favorecía a determinadas empresas o producciones, perteneciendo las empresas beneficiarias a una categoría específica por la aplicación de derecho o de hecho de los criterios previstos en el régimen objeto de análisis. En la actualidad el panorama podría cambiar de manera considerable tras la aparición de las Sentencias del Tribunal General de la Unión Europea de 7 de noviembre de 2014, a través de las cuales se resuelve anular las Decisiones de la Comisión que declararon ilegales las ayudas fiscales de España a las multinacionales españolas por comprar empresas extranjeras, al considerar que el Ejecutivo comunitario no demostró el carácter selectivo de este régimen, así como del Auto del citado Tribunal de 27 de febrero de 2015, por el que se desestima la solicitud de medidas provisionales planteada por el Reino de España en orden a la suspensión de la ejecución de la Decisión 2015/314/UE de la Comisión.

Keywords