Ius Humani (Dec 2018)

Ius Resistendi: Derechos de participación, garantismo, resistencia y represión a partir de las definiciones de Juan Larrea Holguín

  • Gabriel Hidalgo Andrade

DOI
https://doi.org/10.31207/ih.v7i0.191
Journal volume & issue
Vol. 7

Abstract

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Las constituciones establecen el marco de las instituciones formales e informales de la democracia. Los partidos políticos, reconocidos por la ley, que consiguen el gobierno y los que se quedan en la oposición, a través de elecciones universales y directas, con procedimientos preestablecidos para la adopción de decisiones políticas, consiguen y conservan el monopolio de la representación democrática formal. Así todo el gobierno, la justicia, la legislación y el poder proceden de las instituciones formales. Pero ¿qué sucede cuando la rebeldía, en forma de derecho de resistencia, está justificada en el marco del derecho positivo y de las mismas instituciones formales? ¿Cómo el ejercicio del derecho de resistencia se convierte en una obligación moral y cívica para resistir a misma ley injusta a través de las formas constitucionalizadas del siempre posible totalitarismo político? Este trabajo, desde un enfoque epistemológico interdisciplinario entre el derecho constitucional y la ciencia política, se plantea el derecho de resistencia como un derecho-garantía, anterior y superior al Estado constitucional, por su origen en el derecho natural, pero que se habilita en una circunstancia extrema, cuando los pilares del Estado moderno se han derrumbado y se encuentra en una situación limítrofe del derecho positivo. El trabajo tiene tres partes: la primera define el marco conceptual sobre el actual debate de la materia; la segunda parte discute sobre los elementos estructurales del poder y del derecho; y la tercera parte sobre los límites conceptuales en la tipicidad jurídica de la acción de resistencia.

Keywords