Legebiltzarreko Aldizkaria (Dec 2021)
El Tribunal Constitucional avala la Ley Orgánica de la Protección de la Seguridad Ciudadana (“ley mordaza”): comentario de la STC 172/2020, de 19 de noviembre
Abstract
En su Sentencia 172/2020, de 19 de noviembre (Recurso de Inconstitucionalidad 2896-2015 presentado por 97 diputados del PSOE; 11 de Izquierda Plural y Chunta Aragonesista; 4 de Unión Progreso y Democracia y 2 del Grupo Mixto del Congreso de los Diputados, impugnando los arts. 19.2º, 20.2º, 36,2º y 23º, 37.1º en relación con los arts. 30.3º, 37.3º y 7º, así como la disposición final primera de la Ley Orgánica), el Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC), aprobada por el PP en 2015 y conocida por sus críticos como “ley mordaza”. La sentencia del máximo intérprete de la Constitución, de la que ha sido ponente el presidente del Tribunal, Juan José González Rivas, desestima la mayoría de las impugnaciones confirmando su adecuación constitucional, salvo la previsión de la necesidad de autorización para el uso de imágenes o datos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, prevista en el art. 36.23º de la Ley. Como a nadie se le oculta, esta resolución tiene especial relevancia porque la LOPSC ha estado, desde su aprobación, en el punto de mira social y político, con el anunciado recurso de inconstitucionalidad que ahora se resuelve. Y, este pronunciamiento del Alto Tribunal, que confirma la constitucionalidad de los preceptos impugnados con la excepción de la “autorización”, no ha puesto fin a la confrontación de posiciones, pues tampoco ha tenido una acogida pacífica, tal como era de esperar.
Keywords