Revista de Derecho Electoral (Jul 2019)

Representatividad de minorías a la luz del artículo 95 constituciona

  • Francinie cubero de la Vega

DOI
https://doi.org/10.35242/RDE_2019_28_4
Journal volume & issue
no. 28
pp. 89 – 107

Abstract

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El artículo 95 de la Constitución Política costarricense establece en su inciso 6 la garantía de representatividad de minorías. Entendiendo “representatividad” como la conversión de votos electorales en poder político (diputaciones), se pretende analizar las condiciones actuales de representatividad política con la que cuentan grupos minoritarios. Para lo anterior, y una vez desarrollados los conceptos básicos de referencia, se procede a realizar un análisis con datos estadísticos, inicialmente para determinar grupos minoritarios y la representación de estos en los periodos legislativos del 2010 al 2018. El análisis de dichos datos pretende demostrar la casi inexistente participación de minorías en el congreso, así como las consideraciones de actores importantes como el Tribunal Supremo de Elecciones y la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, respecto del cumplimiento del referido artículo 95 inciso 6) constitucional. Las conclusiones ofrecen una serie de propuestas prácticas en relación con lo estudiado

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