Revista de Derecho Electoral (Jul 2020)
Las tensiones de la paridad electoral sobre diversidades sexuales no binarias
Abstract
La reivindicación de espacios y derechos de las mujeres en los escenarios políticos se ha materializado por medio de narrativas de opinión pública, enlazadas a través de importantes reformas para garantizar una cuota de paridad en materia de elección popular. Empero, esta acción mediática con visión binaria (masculino-femenino) implica que, para los puestos con reglas de paridad, no se haya previsto que una persona con una identidad de género autopercibida distinta al carácter dicotómico, acceda a mecanismos de elección sin que la alternancia dualista limite y discrimine, en razón de que su identidad de género no encaje en tal dicotomía. Es un fenómeno de narrativa inclusiva con implicaciones prácticas de exclusión por la identidad sexual de una persona, por ejemplo, las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero pueden llegar a identificarse con la palabra queer o las personas que nacen con caracteres sexuales como los genitales, las gónadas y los patrones cromosómicos, denominadas intersexuales o intersex.
Keywords