Revista Lecciones y Ensayos (Dec 2014)
Sobre el criterio de distinción entre la interrupción de cursos causales salvadores iniciados por terceros o provenientes de la naturaleza y la causación directa
Abstract
La doctrina penal suele distinguir entre supuestos de causación directa y aquellos que han sido denominados como interrupción de cursos causales salvadores. Sin embargo, la aproximación a este último grupo de casos se ha producido mayormente mediante ejemplos, lo que genera una serie de inconvenientes a nivel sistemático. En este artículo se intentará mostrar que la tradicional distinción resulta altamente problemática; para ello se analizarán con particular atención aquellos casos en los que se interrumpe un curso causal salvador iniciado por un tercero o proveniente de la naturaleza, comparándolos con los supuestos usualmente aceptados de causación directa.