Opinión Jurídica (May 2020)

El enfoque diferencial étnico y el deber de la consulta previa en el acuerdo de paz

  • Isabela Figueroa,
  • Pedro José Palacio Pardo,
  • Ariel Fernando Amado Carrreño

DOI
https://doi.org/10.22395/ojum.v19n38a11
Journal volume & issue
Vol. 19, no. 38
pp. 227 – 244

Abstract

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El artículo reflexiona sobre la noción de enfoque diferencial territorial y étnico contenido en el acuerdo de paz entre el Estado colombiano y las FARC. Se busca identificar los efectos jurídicos que tiene esta noción y de qué manera su introducción en el acuerdo de paz ha traído una mayor protección de los derechos de los pueblos indígenas y otras minorías étnicas. Dado que el acuerdo reconoce que la herramienta jurídica para la realización de la paz en las tierras y territorios de las minorías étnicas es la consulta previa, también se hace un análisis preliminar de los efectos de esta propuesta de ley. Actualmente se discute en el Poder Legislativo lo que esta consulta que puede traer para la implementación del acuerdo.

Keywords