Chornancap (Dec 2024)
La naturaleza tangible de los medios corruptores en los delitos de corrupción de funcionarios
Abstract
Este artículo jurídico examina la naturaleza de los medios corruptores en los delitos de corrupción de funcionarios, analizando la relevancia de su materialidad en delitos como el tráfico de influencias y el cohecho, donde su presencia resulta crucial como elemento configurador del tipo penal. Mediante el análisis de la Apelación N.° 7-2023, se cuestiona la interpretación de la Corte Suprema, que considera que los medios corruptores pueden ser de carácter inmaterial. Esta perspectiva implica incluir situaciones sentimentales como las relaciones amorosas, amicales o familiares, como escenarios corruptos, adelantando así la barrera punitiva dentro del iter criminis y complicando la distinción entre actos sociales y conductas ilícitas. Se presenta una postura mixta, basada en la doctrina italiana, que defiende la necesidad de materialidad de los medios corruptores, pero que admite casos en los que el medio corruptor nace como inmaterial, condicionado a que posteriormente, adquiriera una forma material. Este análisis arroja una luz sobre la complejidad de la interpretación de la normativa en casos de corrupción y subraya la urgencia de aclarar el alcance de los medios corruptores en la jurisprudencia y legislación vigente. De este modo, se busca una aplicación coherente y justa de la ley.
Keywords