Revista Jurídica Austral (Jun 2024)

La invasión a Ucrania y el delito de agresión internacional

  • Mario Martin Pereira Garmendia,
  • Diego Alberto Zapata Gonzales

DOI
https://doi.org/10.26422/RJA.2024.0501.per
Journal volume & issue
Vol. 5, no. 1

Abstract

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Salvo por la invasión ilegal perpetrada por Saddam Hussein contra Kuwait, el mundo no había presenciado una agresión internacional tan prístina y manifiesta como la perpetrada por los líderes políticos y militares de la Federación Rusa contra la República de Ucrania. El presente trabajo tiene el cometido de analizar dicho delito de agresión internacional o crimen contra la paz, tanto en su regulación por el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg (y su homólogo de Tokio) como en el Estatuto de la Corte Penal Internacional conforme a la redacción dada por la Conferencia de Kampala de 2010. En el primer caso, siguiendo la llamada “teoría de la responsabilidad colectiva” diseñada por Murray Bernays, fundada en dos velocidades: (i) la determinación de una conspiración (conspiracy) por parte de los líderes políticos y militares para lanzar una guerra de conquista sobre otro u otros Estados, así como la declaración de ilegales/criminales a aquellas organizaciones o instituciones creadas por dichos líderes para ejecutar tal plan criminal; y (ii), la determinación de la responsabilidad penal de todos aquellos individuos que, con conocimiento de ello y libremente, hayan decidido integrar tales organizaciones o instituciones ilegales y hayan interactuado con los demás miembros en la prosecución del resultado criminal. En el segundo caso (Estatuto de la Corte Penal Internacional), el delito se ha tipificado como un tipo penal especial propio, respecto del cual no se habilita a imputar responsabilidad alguna a título de partícipe sobre los extranei. Asimismo, se argumentará sobre la necesidad de constituir un tribunal internacional penal ad hoc o híbrido mediante un tratado bilateral celebrado entre Ucrania y la Asamblea General de la ONU, cuya misión sea el juzgamiento y castigo de todos los responsables por el delito de agresión internacional perpetrado contra el pueblo ucraniano. Este tribunal debería ostentar competencia sólo sobre el delito de agresión internacional, así como habilitar el enjuiciamiento in abstentia.

Keywords