Revista Oficial del Poder Judicial (Jun 2021)

Consecuencias adversas a la legítima defensa propia e impropia como causa de justificación

  • Epifanio López Cantoral

DOI
https://doi.org/10.35292/ropj.v13i15.391
Journal volume & issue
Vol. 13, no. 15
pp. 103 – 125

Abstract

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La legítima defensa —propia e impropia— es un instituto jurídico de defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, que opera frente a una agresión ilegítima, actual o inminente, que debe concurrir con los requisitos que prevé el artículo 20, inciso 3, del Código Penal vigente. Asimismo, usar el derecho a la legítima defensa como justificación a veces trae consigo consecuencias adversas no previsibles, como el daño o la lesión a bienes jurídicos de terceros, por ejemplo, la muerte o lesión de personas. Entonces, conlleva asumir la responsabilidad contra el accionante o el accionado, respectivamente. Más aún, ejercer tal derecho debe ser de última ratio, no de primera línea. En tal sentido, usarlo implica ser cuidadoso y responsable en cada circunstancia particular. Por ejemplo: no es lo mismo ejercer la legítima defensa sin que haya presencia de personas, que ejercerla en lugares con presencia de ellas.

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