Revista Jurídica (Sep 2017)

De la Reforma y Enmienda Constitucional

  • Juan Pablo Rolón Ruíz Díaz

Journal volume & issue
no. 1

Abstract

Read online

La Constitución, como norma fundamental, en todas las naciones, se erige a la cabeza del sistema jurídico positivo vigente en un Estado. Tiene como función especial el de organizar a este último en elementos que hacen a una colectividad, la dirección política (Gobierno), que administra en la ejecución, leyes y justicia a un grupo de ciudadanos naturales (Nación), en un espacio determinado (Territorio). Como todo, la Constitución como tal, necesariamente, tiene un punto de partida, un nacimiento teórico o doctrinal y otro institucional originario. El primero, basado en aquel acontecimiento que valió para su nacimiento jurídico en su aplicación efectiva y su desarrollo histórico, basado primordialmente en el pensamiento filosófico de juristas de la época de la ilustración del siglo XVIII; y, el segundo, a través de su puesta en vigencia como Ley Suprema en cada uno de los Estados, por encima de las leyes y demás disposiciones de menor rango. La Carta Magna, como integrante del sistema jurídico, posee la naturaleza social de todas las leyes; es decir, es redactada con el fin de organizar a una colectividad humana en diversos aspectos de su vida cotidiana. En este sentido, el hombre ha escrito su historia basado en el cambio, la evolución, buscando incesantemente la fórmula correcta que lo lleve a encontrar y aplicar el sistema político jurídico ideal que, organice la sociedad en el marco del orden, la armonía y finalmente la paz social. Es decir, la historia está basada en la evolución, prec

Keywords