Revista Jurídica (Sep 2017)

Femicidio

  • Christian Bernal Duarte

Journal volume & issue
no. 1

Abstract

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Es sabido que “la violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respecto y capacidad de decisión”. Con estas palabras se manifiesta el legislador español en la exposición de motivos de la L.O. 1/2004 “De Protección Integral contra la Violencia de Género” de España. Esa violencia basada en la desigualdad se produce en cualquier ámbito (familiar, laboral, social, universitario...), manifestándose en algunas ocasiones se manifiesta un enorme desprecio hacia la mujer por el simple hecho de ser mujer. La Organización de las Naciones Unidas reconoció, en la IV Conferencia mundial sobre las mujeres, celebrada en Beijing en 1995, que la violencia contra las mujeres constituye un freno para la consecución efectiva de la igualdad, el desarrollo y la paz social. Tal tipo de violencia tiene condicionantes culturales basadas en la superioridad del género masculino sobre el femenino y vulneran el derecho a la igualdad, así como otros derechos fundamentales de la persona, en este caso de la mujer, como ser el derecho a la dignidad, el libre derecho de la personalidad, los derechos a la vida, la libertad, la seguridad, la integridad física, la indemnidad sexual.

Keywords