Crónica Tributaria (Jun 2009)
ESTUDIO DE LAS OPERACIONES RELIZADAS ENTRE CASA CENTRAL Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
Abstract
El presente trabajo describe las diferentes operaciones que pueden darse entre Casa Central y Establecimientos Permanentes, con la vista puesta en el artículo 15.2 del TRLIRNR y en el artículo 7 del Modelo Convenio de la OCDE, es decir se analizan las operaciones y su valoración en cuanto colaboradoras directas en el ejercicio de atribuir beneficios a Establecimientos Permanentes. Así, se lleva a cabo un análisis de las operaciones, clasificándolas en dos grupos: 1) Operaciones consideradas desde el punto de vista de la actividad desarrollada por la Casa Central y 2) Operaciones consideradas desde el punto de vista del objeto, asumiendo que su valoración a mercado es la fórmula que mejor colabora con el ejercicio de atribuir beneficios a Establecimientos Permanentes, de acuerdo con el principio de libre competencia.