Revista Jurídica (Sep 2017)
El Iusnaturalismo y el positivismo jurídico
Abstract
Si bien, aparentemente, dar un concepto de derecho debería ser una cuestión relativamente fácil, ya que todas las personas tienen por lo menos una noción general y aproximada de él, en realidad, dicha tarea es muy difícil, tal es así que Carlos Santiago Nino manifiesta que la pregunta ¿qué es el derecho? es “la que mayor escozor y desorientación provoca entre los juristas”. Posiblemente, uno de los problemas que se tiene al conceptuar al derecho es que al hablar de “derecho” no lo hacemos con un significado único e inequívoco sino que nos referimos a una multiplicidad de significados que se relacionan entre sí, como por ejemplo: 1) Ciencia o disciplina científica; 2) Facultad, potestad o prerrogativa del individuo (derecho subjetivo); 3) Conjunto de normas jurídicas que forman el ordenamiento vigente (derecho objetivo); 4) Ideal de justicia; y 5) Producto social o cultural. Señalado el problema, es conveniente advertir que a través de este trabajo se intentará presentar la concepción del derecho desde el punto de vista de dos de las corrientes más emblemáticas del pensamiento jurídico: el iusnaturalismo y el positivismo.