Ratio Juris (Feb 2012)

Presunción de inocencia: principio constitucional absoluto

  • Juan Sebastián Tisnés Palacio

DOI
https://doi.org/10.24142/raju.v7n14a1
Journal volume & issue
Vol. 7, no. 14

Abstract

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La presunción de inocencia, erigida como principio constitucional en el artículo 29 de la Carta Política, ha sido considerada por el Tribunal Constitucional como un derecho absoluto no sujeto a ponderación. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Sentencia C-774 de 2001, entre otras, señala que la presunción de inocencia no admite excepción y permanece incólume durante toda la etapa de investigación y de juicio. Pese ello, la medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento carcelario continúa teniendo plena validez y aplicación dentro del proceso penal, contrariando el postulado que la misma Corte desarrolla y referido apenas unos renglones atrás. En el presente artículo se evidenciarán las falacias en que incurre la guardiana de la Constitución al valorar la presunción de inocencia y el derecho a la libertad, y se propondrán dos situaciones en las cuales podría romperse dicha presunción e imponer una medida de aseguramiento privativa de la libertad.

Keywords