Revista de Derecho (Coquimbo) (Apr 2015)

Las profesiones "análogas" en el delito de ejercicio ilegal de la medicina del artículo 313 a) del Código Penal chileno.

  • Paulina Milos Hurtado

Journal volume & issue
Vol. 19, no. 1

Abstract

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El artículo 313 a) del Código Penal sanciona el ejercicio ilegal de las profesiones médicas y contempla como tales a las descritas expresamente en el tipo y a todas aquellas que sean "análogas", en cuanto se vinculen con "la ciencia y arte de curar y precaver enfermedades del cuerpo humano". La precisión de este delito presenta varios problemas y uno de los más relevantes es justamente la extensión de este ejercicio ilegal en una época caracterizada por el aumento de la diversidad de las profesiones que concurren a la atención en salud. De allí que este estudio, a modo de limitar el alcance del tipo penal, se ocupe de construir ciertos criterios que sirvan de guía para determinar aquellas profesiones que sean "análogas" y por tanto susceptibles de ser ejercidas ilegalmente conforme al artículo 313 a).

Keywords