Crónica Tributaria (Sep 2017)
LA PRUEBA DE LAS AUSENCIAS NO ESPORÁDICAS EN LA RESIDENCIA HABITUAL DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Abstract
Los problemas de coordinación tributaria existentes entre los diversos ordenamientos jurídicos son habituales. Dichas discordancias, en algunos casos, pueden derivar en situaciones de doble imposición, y en otros, mediante la pretendida acreditación de situaciones ficticias, en una indebida mejora de la tributación natural que correspondería, o incluso, en una inexistencia de la misma. A su vez, las medidas adoptadas para combatir estas últimas conductas, claramente abusivas o defraudatorias y que ya han cambiado en su tipología, vienen a perjudicar supuestos de hecho que no persiguen un fin de residencia fiscal ficticia. Este trabajo pretende, precisamente, profundizar en la extensión de la sujeción a situaciones que podrían hallarse excluidas de las previsiones del artículo 9.1.a) de la LIRPF.