Revista Direitos Culturais (Sep 2014)
LA REFORMA DEL SERVICIO CIVIL PERUANO: ENTRE LA MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y LA CONSTITUCIONALIDAD DEL MODELO
Abstract
Empecé a escribir esta exposición el 20 de junio, en una sala contigua al Hemiciclo del Congreso de la República, esperando, una vez más, que el Legislativo debatiera el Dictamen del Proyecto de Ley 1846, Ley del Servicio Civil. Esta espera no fue tan larga como los veinte años que tuvieron que aguardar quienes trabajaron en los tres intentos de reforma del empleo público en el Perú. Sin embargo, la espera de todos pudo ser eterna, cuando supimos que el aludido Dictamen estuvo a punto de archivarse por los desacuerdos entre las bancadas, la presión de los sindicatos de trabajadores estatales (huelgas), y probablemente, por el temor del costo político que traería consigo votar a favor de una norma de empleo público tan distinta a las anteriores; y anunciada como transgresora de la Constitución y de los derechos de los trabajadores estatales. El Dictamen del Proyecto 1846 fue aprobado el martes 2 de julio de 2013 y publicado el 4 de julio en el diario El Peruano, como Ley 30057, Ley del Servicio Civil (LSC). Este hecho, entre otras cosas, me permitió continuar y culminar de forma cierta el encargo de escribir esta ponencia sobre los lineamientos del denominado “Nuevo Servicio Civil peruano”. Para lograr este cometido, partiré de los antecedentes de la reforma a fin de poner en contexto al lector (específicamente en el estado de la cuestión de los recursos humanos del Estado), para continuar con el anclaje constitucional del nuevo servicio civil y culminar con los principales elementos de la LSC. Por razones de espacio y tiempo, este trabajo no entrará en profundidad en cada uno de dichos elementos, sino que presentará una mirada panorámica.