Revista de Llengua i Dret - Journal of Language and Law (Jun 2015)

Principios constitucionales sobre las lenguas en Francia

  • Eneritz Zabaleta Apaolaza

DOI
https://doi.org/10.2436/20.8030.02.95
Journal volume & issue
Vol. 0, no. 0
pp. 92 – 112

Abstract

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La Constitucion francesa recoge varios articulos sobre las lenguas. La regulacion del francés obedece a una constitucionalizacion de la primicia de esta lengua y de su exclusividad en el espacio publico. Directamente conectado con el proceso de descentralizacion administrativa, el reconocimiento constitucional de las lenguas regionales goza du alcance normativo mucho mas limitado. El reconocimiento de estas lenguas por el derecho publico francés ha seguido vias muy problematicas, y el choque entre la lectura clasica de los principios de igualdad, indivisibilidad y unidad de un lado, y los principios inducidos por la diversidad lingüistica (existencia de comunidades lingüisticas y derechos lingüisticos) sigue sin estar zanjado. El proceso de ratificacion de la Carta europea de lenguas regionales o minoritarias ha puesto de manifiesto la dificil conciliacion entre estas dos aspiraciones. Todavia hoy en dia, el proceso de ratificacion sigue sin solucion, y las recientes tentativas de revisar la Constitucion para reactivar la ratificacion de la Carta subrayan, bajo modalidades peculiares e inéditas, la dificultad para superar la jerarquia entre francés y lenguas regionales y para construir en Francia un derecho de la diversidad lingüistica harmonioso y no limitativo.

Keywords