Revista de la Facultad de Derecho (Feb 2014)

Control y prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Ley N° 18.494

  • José Luis González

Journal volume & issue
Vol. 0, no. 29
pp. 137 – 159

Abstract

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Si bien en nuestro país la primera disposición legal que regula conductas referidas al consumoy comercialización de estupefacientes es el Decreto – Ley N° 14.294 de 1974, fue recién a finales de la década de 1990 donde comienza un proceso legislativo tendiente a combatir delitos de narcotráfico, terrorismo y lavado de activos.La ganancia proveniente de la venta de la droga y otros delitos conexos y su forma de incorporarla al sistema financiero y legitimar su origen (lavado de activos), gestó una nueva forma de prevenir y reprimir las noveles conductas delictivas.Paulatinamente el legislador amplió el elenco de figuras jurídicas considerados delitos precedentes, se fortalecieron mecanismos de cooperación internacional entre Estados, se crearon listas de personas físicas y jurídicas obligadas a informar operaciones sospechosas, se tipificaron delitos de naturaleza terroristas, se intensificaron controles a las instituciones bancarias, y se incorporaron nuevas técnicas de investigación, y mecanismos de disminución o exoneración de responsabilidad mediante acuerdo con los indagados.Esta proliferación de leyes en procura de combatir el crimen organizado, fundamentalmente en relación al comercio de la droga, el combate al terrorismo y el lavado de activos se inscribe en el marco del cumplimiento de compromisos internacionales.

Keywords