InDret (Jul 2023)

Agresión sexual por engaño

  • Ivó Coca Vila

DOI
https://doi.org/10.31009/InDret.2023.i3.10
Journal volume & issue
no. 3

Abstract

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El art. 178 CP tipifica como agresión sexual todo acto contra la libertad sexual no consentido. El consentimiento excluyente del injusto debe haber sido manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona. En este trabajo se aborda la cuestión de cómo valorar aquellos supuestos en los que quien consiente de forma clara y expresa lo hace engañado respecto de un aspecto subjetivamente decisivo para aprobar la relación sexual. En particular, se defiende que es posible cometer un delito de agresión sexual a través de un engaño, aunque solo son relevantes ex art. 178 CP, en tanto que lesivos de una pretensión de veracidad protegida por dicha norma, aquellos que recaigan sobre la naturaleza sexual de la relación, la identidad nominal de la pareja y el grado de injerencia corporal.

Keywords