Revista de Derecho (Coquimbo) (Mar 2007)

Responsabilidad objetiva en el ordenamiento jurídico chileno

  • Regina Ingrid Díaz Tolosa

DOI
https://doi.org/10.22199/S07189753.2007.0001.00004
Journal volume & issue
Vol. 14, no. 1

Abstract

Read online

En Chile, la responsabilidad civil está inspirada en ttn fundamento subjetivo; el deber de reparar un daño reside en la conducta dolosa o culposa del autor del mismo. Este sistema es cuestionado por la dificultad que enfrenta la víctima en un juicio al tener que probar la culpa del autor del daño, pues es el demandante a quien corresponde la carga de la prueba. Así pues, en Derecho Comparado, la atención que el sistema tradicional pone en el autor del daño, comienza a trasladarse hacia el perjudicado; se atiende al daño producido, bastando que el daño se produzca para que el autor del hecho dañino esté obligado a indemnizar. Sin embargo, en los sistemas latino-continentales, existe un cierto consenso en que las pretensiones de extinguir la responsabilidad fundada en la culpa han fracasado, y que el factor subjetivo continúa siendo el eje principal del sistema de responsabilidad civil. Existen regímenes sectoriales de responsabilidad objetiva plasmados en legislación complementaria, pero no abrogan el régimen común de los Códigos. No se trata de reemplazar el sistema de la responsabilidad subjetiva, sino de enriquecerlo con nuevos criterios de atribución que dan fundamento justo a la obligación de reparar un daño.

Keywords