Hispania (Aug 2009)

La Junta de Dependencias de Extranjeros (1714-1800): Trasfondo socio-político de una historia institucional

  • Ana Crespo Solana,
  • Vicente Montojo Montojo

DOI
https://doi.org/10.3989/hispania.2009.v69.i232.108
Journal volume & issue
Vol. 69, no. 232
pp. 363 – 394

Abstract

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Este trabajo de investigación tiene como objetivo el análisis de la Junta de Dependencias de Extranjeros, una institución entendida en el marco reformista del gobierno de Felipe V de Borbón, tras la Guerra de Sucesión española, creada con la finalidad de vigilar y controlar las actividades de los mercaderes no autóctonos asentados en muchas ciudades españolas. A lo largo de su existencia desarrolló, además, una fuerte capacidad de interlocución y receptividad con los componentes de dichas comunidades. Se han utilizado fuentes primarias originales, como son los expedientes tramitados por la junta, generalmente peticiones y reclamaciones de comerciantes y comunidades, e informes sobre los nombramientos de cónsules extranjeros, conservados en el Archivo Histórico Nacional de Madrid y el Archivo General de Simancas, en sus secciones de Estado. Se ha manejado además correspondencia de representantes extranjeros, relacionados con estas colonias mercantiles y actas notariales y padrones de los archivos históricos provinciales de Madrid, Cádiz y Murcia. Se ha optado por una metodología orientada hacia la identificación de posiciones y discursos tanto por parte del gobierno español como de los propios extranjeros de las ciudades que enviaban sus representaciones a los órganos de poder central. En síntesis las peticiones y quejas de los comerciantes y cónsules extranjeros demuestran la fuerza de unas comunidades que habían recibido grandes privilegios en la segunda mitad del siglo XVII y que fueron recibidas y atendidas por la Junta con bastantes consideraciones, de lo que se deduce una actitud conciliadora por parte del gobierno, y en el que influyeron no sólo estas reclamaciones sino también las presiones de los embajadores y las limitaciones de los tratados de paz. La Junta de Dependencias de Extranjeros, por lo tanto, asumió una política muy distinta a la de Comercio del reinado de Carlos II, que protegía el comercio español, y tendió a aceptar las peticiones de comerciantes de respeto a sus exenciones fiscales y costumbres relativas a su práctica mercantil, al tiempo que cabe plantear una concepción distinta de la comunidad extranjera, de la nación como corporación autocéfala, desligada del estado de su territorio de origen e influyente en la corte y sus camarillas.

Keywords