Araucaria (Jan 2009)

El concepto constitucional del derecho a la propia imagen en Portugal,m España y Brasil

  • Marco Aurélio Rodrigues da Cunha e Cruz

Journal volume & issue
Vol. 11, no. 22
pp. 17 – 50

Abstract

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El concepto del derecho a la propia imagen se identifica con la facultad de aprovechar (positiva) o de excluir (negativa) la posibilidad de la representación gráfica de las expresiones o evocaciones personales visibles del aspecto físico externo que singularizan y tornan recognoscible la figura de la persona humana. Esta concepción puede ser aplicada tanto a la Constitución Lusitana, como a la Brasileña. Sin embargo, en España el concepto constitucional del derecho a la propia imagen se restringe a la facultad negativa (de exclusión). De otro lado, la facultad positiva (de aprovechamiento) del derecho a la propia imagen puede ser considerada la vertiente patrimonial de la imagen, pero está reservada al ámbito infraconstitucional.

Keywords