Eunomia (Sep 2023)

Canales de denuncia

  • Óscar Capdeferro Villagrasa

DOI
https://doi.org/10.20318/eunomia.2023.8001
Journal volume & issue
no. 25
pp. 285 – 309

Abstract

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Los canales de denuncia se han extendido considerablemente entre organizaciones públicas y privadas, y, con la transposición operada en España de la Directiva 1937/2019, mediante la Ley estatal 2/2023, se consolida y generaliza esta tendencia, con la imposición de obligaciones al respecto. Surge, pues, la necesidad de establecer qué son los buzones o canales de denuncias, qué tipos hay, si existe una obligación de disponer de ellos, qué requisitos deben observar y cómo pueden contribuir a la facilidad de denunciar y a la protección de las personas denunciantes. Los canales de denuncia, entendidos como el cauce para la formulación de comunicaciones referidas a incumplimientos normativos u otras malas prácticas, deben observar ciertos requisitos que faciliten la denuncia, como ser accesibles, proteger la identidad de la persona denunciante e incluso permitir el anonimato.

Keywords