Revista IUSTA (Jul 2016)
Sociedad de riesgo y necesidad de una fundamentación del Derecho en la persona humana considerada metafísicamente
Abstract
En el pensamiento de algunos de los grandes filósofos del Derecho de las últimas décadas, como R. Dworkin y A. Kaufmann, se encuentra una constante insistencia en la necesidad de tomarse los derechos de las personas en serio –palabras de Dworkin–, y de establecer un Derecho de contenido material que sea análogo a la persona humana –en palabras de Kaufmann. Esta necesidad se hace aún más imperiosa en la actualidad, si se tiene en cuenta que se vive en una sociedad de riesgo mundial que, a través de la investigación científica efectuada sobre el ser humano, ha puesto al ser humano frente a un sinnúmero de cuestiones, que exigen no perder de vista algunos criterios claros de orden antropológico que, a su vez, se constituyan en máximas de verdad “no negociables”, so pena de poner en riesgo la permanencia del hombre sobre la tierra. Esos criterios deben ser la base del derecho y constituir su razón de ser. Esta afirmación lleva a plantear, desde la perspectiva del realismo filosófico aristotélico-tomista –el cual irriga cada vez con más amplitud el pensamiento actual como se demuestra a lo largo de este artículo–, la necesidad de fundamentar el derecho en la persona, pero respetando la radicalidad de su ser, lo que implica que deba ser concebida metafísicamente. Dicha concepción metafísica, indica lo que es la realidad del “de suyo” humano –para ponerlo en términos del gran filósofo español X. Zubiri–; realidad que se impone como el límite que no puede ser rebasado por la ciencia, so pena, de poner en riesgo la propia preservación de la especie hu- mana en el mundo.
Keywords