Revista Jurídica Austral (Jun 2022)

La moralidad interna del derecho internacional

  • Evan Fox-Decent,
  • Evan J. Criddle

DOI
https://doi.org/10.26422/RJA.2022.0301.fox
Journal volume & issue
Vol. 3, no. 1

Abstract

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En este ensayo, nos basamos en la teoría fiduciaria pública y en la noción de Lon Fuller sobre la moral interna del derecho. Planteamos dos criterios necesarios para establecer la moralidad interna del derecho internacional y argumentamos que esta se deriva de la síntesis de un criterio fiduciario de legitimidad y de la prohibición del unilateralismo. El primero se refiere a la idea de que cualquier acción pública que no pueda decirse razonablemente que se realiza en nombre o por cuenta de los sujetos es ilegítima. La segunda se refiere a la prohibición de que un Estado imponga su voluntad a otro. Sostenemos que el criterio fiduciario y la prohibición del unilateralismo son complementarios y su síntesis proporciona una explicación convincente de la autoridad del derecho internacional. Esto se desprende del carácter y de los efectos jurídicos de las normas de ius cogens o perentorias. Por último, abordamos numerosos desafíos que podrían plantearse contra esta concepción del derecho internacional y sus implicaciones para el Estado de derecho en el ámbito internacional.

Keywords