Revista Jurídica Austral (Jun 2022)
Il faticoso procedere della persona umana tra i crinali della storia
Abstract
En las últimas décadas, en la jurisprudencia se han afirmado nuevos derechos, no reconocidos anteriormente por ninguna carta constitucional o declaración internacional. El fenómeno es positivo en sí mismo, pero es necesario evitar derivaciones individualistas que chocan con el modelo de sociedad, personalista y pluralista, que subyace no solo en la Constitución italiana de 1948, sino en general en la mayoría de los Estados constitucionales modernos. De ahí la necesidad de elaborar y estructurar un estatuto de los derechos de la persona, el más universalmente válido: en este sentido, el criterio fundamental para el discernimiento es el reconocimiento de la dignidad y la relación de toda persona humana a partir de la formación del genoma. Incluso en asuntos éticamente delicados, la identificación de un razonable punto de equilibrio de las necesidades opuestas recae principalmente en los legisladores nacionales, pero los tribunales constitucionales nacionales tienen la responsabilidad de verificar la razonabilidad y proporcionalidad del equilibrio alcanzado en el contexto legislativo. El análisis razonado de las soluciones alcanzadas, también en una función crítica respecto a la posible involución contraria a la Constitución, y la elaboración razonada de posibles alternativas constituyen uno de los aportes más importantes que la academia puede hacer a la experiencia jurídica contemporánea.
Keywords