Jurídicas (Jan 2023)

Subordinación y tiempo de trabajo en el ordenamiento laboral peruano: la idoneidad de la ‘puesta a disposición’ para la determinación del tiempo de trabajo

  • Javier H Espinoza Escobar

DOI
https://doi.org/10.17151/jurid.2023.20.1.9
Journal volume & issue
Vol. 20, no. 1

Abstract

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En el presente artículo se analiza la idoneidad de la subordinación, entendida como puesta a disposición del empleador, para determinar lo que debe considerarse como tiempo de trabajo. En el ordenamiento peruano, lo que es tiempo de trabajo se entiende en oposición al tiempo de descanso. Esta dicotomía es superada por diversas situaciones intermedias que requieren de un criterio que permita calificar cuándo nos encontramos frente al tiempo de trabajo, y, por tanto, otorgar al trabajador la protección que este hecho genera. Se plantea que, desde el punto de vista temporal, la subordinación implica aquel lapso que el trabajador pone a disposición del empleador para su aprovechamiento legítimo en interés de la empresa y en el que es posible que aquel ejerza cualquiera de las facultades propias del poder de dirección. Este lapso lleva consigo, además, la afectación de la posibilidad del trabajador de gestionar libremente dicho lapso en su interés particular. Se concluye que tal forma de entender la subordinación cuenta con elementos suficientes y, por tanto, idóneos, para calificar, caso a caso, una situación como tiempo de trabajo. Para llegar a dicha conclusión, no solo se parte de la vigente regulación del tiempo de trabajo, sino que se examinan los principales pronunciamientos de los tribunales administrativos y judiciales de la más alta jerarquía del Perú en los que se utiliza dicho criterio para otorgar protección al trabajador.

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