Revista Derecho y Salud (Nov 2024)

Limitaciones a la protección de derechos en tiempos de crisis

  • Carlota Hernández-Carrillo Robles

DOI
https://doi.org/10.37767/2591-3476(2024)15
Journal volume & issue
Vol. 8, no. 9

Abstract

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En un contexto sin precedentes ocasionado por la pandemia de la COVID-19, que numerosos Estados se vieron obligados a combatir mediante la implementación de medidas a menudo restrictivas de los derechos y libertades consagrados en el CEDH, surgió la imperante necesidad de encontrar el equilibrio entre la protección del interés general, concretamente en su vertiente de salud pública, y el respeto a los derechos humanos y el Estado de derecho. El propósito de este comentario es esclarecer algunos matices doctrinales de esta disyuntiva para tratar de desvelar la funcionalidad de una serie de directrices que establecen límites a la protección de los derechos, como el principio de subsidiariedad, que deben ser respetadas para que la defensa de los mismos sea razonable y respetuosa con la armonía del sistema legal y judicial. En este sentido, es destacable la condición de víctima como premisa para la legitimación activa, con el propósito de evitar abstractas acciones populares, así como la esencial exigencia del agotamiento de los recursos internos como una de las condiciones de admisibilidad de las demandas ante el TEDH, quien, en numerosas ocasiones, pone de relieve la necesidad de permitir a las autoridades nacionales la protección del CEDH a través de sus propios procedimientos legales para alcanzar así el mencionado equilibrio.

Keywords