Estudios de Derecho (Aug 2023)

Las conductas procesales de las partes a las cuales se asignan consecuencias probatorias en el código de procedimiento civil y en el código general del proceso

  • JOSE POSADA BOTERO

Journal volume & issue
Vol. 80, no. 176

Abstract

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En virtud del principio de moralidad o lealtad procesal las partes tienen el deber de colaborar con la producción de la prueba, el legislador puede optar por establecer consecuencias de carácter probatorio ante el incumplimiento de este, en el proceso civil en Colombia serán la presunción de ocurrencia del hecho o un indicio, el objetivo del presente artículo será identificar los diferentes supuestos normativos que en los ordenamientos procesales civiles, anterior C. de P. C y el vigente C. G. del P., asignan consecuencias probatorias a las conductas de las partes en el ámbito del proceso. Al realizar el inventario de los eventos se identifican las que corresponden al incumplimiento de los deberes de las partes y sus apoderados, las que se generan como consecuencia de no contestar la demanda o no hacerlo en debida forma, las originadas en la inasistencia a las audiencias del artículo 101 (C. de P.C.) o a las audiencias de los procesos verbales (C. G. del P.), las derivadas de la no devolución del expediente, y las que se dan con ocasión o durante la práctica de algunos de los medios de prueba.

Keywords