Opinión Jurídica (Nov 2012)

LAS DONACIONES COLACIONABLES: EL ENIGMA DE UNA INSTITUCIÓN JURÍDICA. INCIDENCIAS SUSTANTIVAS PARA EL DERECHO POSITIVO CUBANO

  • José Karel Fernández Martell,
  • Ediltrudis Panadero de la Cruz

Journal volume & issue
Vol. 11, no. 22
pp. 115 – 130

Abstract

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El artículo muestra la realidad del derecho sucesorio nacional, respecto a lo inmutable que resulta en la práctica jurídica cubana de estos tiempos la aplicaciónde los preceptos contentivos de la colación hereditaria, aun cuando el alto número de casos en sede de partición y adjudicación hereditaria demuestran que los operadores jurídicos pasan por alto la institución. Ello se debe, en gran medida, a la enrevesada fórmula legal del artículo 530 del Código Civil (Repúblicade Cuba, 1987) y la exagerada economía preceptual que acompaña al texto sustantivo civil cubano al tratar insuficientemente figuras como la legítima, las operaciones para cálculo y determinación de la misma (computación o reuniónficticia, imputación), los bienes colacionables y no colacionables, las formas de extinción de la colación, etc.

Keywords