Crónica Tributaria (Mar 2016)

LAS DEDUCCIONES EN LA CUOTA DIFERENCIAL DEL IRPF POR RAZONES FAMILIARES

  • Adoración Borja Sanchis

Journal volume & issue
Vol. 158, no. 1
pp. 55 – 82

Abstract

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En este trabajo se analizan los supuestos previstos en la legislación estatal del IRPF que permiten minorar la cuota diferencial del impuesto con los importes que previamente, con carácter general, se ha cotizado a la Seguridad Social o, en su caso, a la mutualidad alternativa. Y esta minoración se produce siempre por circunstancias familiares. En particular, estas deducciones son las siguientes: – La deducción por maternidad. – La deducción por familia numerosa. – La deducción por personas con discapacidad a cargo, sean ascendientes o descendientes. – Y la deducción por ser un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos a cargo, sin derecho a percibir anualidades por alimentos del otro progenitor. En su examen nos detendremos en las siguientes cuestiones: su ámbito subjetivo, los requisitos exigidos para aplicar cualquiera de estas deducciones, el cálculo del importe de la deducción, el abono anticipado de la misma y, en su caso, su regularización y la cesión del derecho a la deducción a favor de otro contribuyente. De este modo, aclaramos las sombras que la regulación de estas deducciones nos plantea.

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