Revista de Derecho Fiscal (May 2020)
Beneficios tributarios otorgados por las entidades territoriales en el marco del principio de autonomía territorial
Abstract
Los beneficios tributarios otorgados por las entidades territoriales en el marco de la autonomía territorial son considerados como instrumentos para incentivar el desarrollo económico y social de las jurisdicciones. Los municipios, según preceptos constitucionales, se consideran como entidades descentralizadas; en efecto, tienen la facultad para administrar y gestionar sus propios recursos. En consideración del artículo 38 de la Ley 14 de 1983, el establecimiento de los beneficios tributarios por parte de las entidades territoriales estará limitada por el término de diez años; tiempo en el cual un ente territorial podrá otorgar exenciones. La vocación industrial del Valle de San Nicolás ha posibilitado la transformación del territorio, generando cambios significativos en la estructura productiva de la región; posicionándose de esta manera como atractiva para el asentamiento empresarial y, en efecto, propiciando la competencia fiscal entre jurisdicciones para atraer contribuyentes a través de tratamientos preferenciales. En consecuencia, en el presente artículo se efectúa el análisis de la estructura jurídica de las exenciones otorgadas por los municipios de Guarne y Rionegro, en el Valle de San Nicolás, oriente antioqueño; el asentamiento empresarial y sus efectos en el recaudo; el mercado laboral y su comportamiento para las vigencias comprendidas entre los años 2008 y 2017.
Keywords