Revista Jurídica Austral (Dec 2022)

Paul Roubier y los doctores medievales

  • Emmanuel Catardo

Journal volume & issue
Vol. 3, no. 2

Abstract

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En 1949, Paul Roubier fue invitado por la Comisión de Reforma del Código Civil francés, presidida por León Julliot de la Morandière, a proponer un proyecto de normas permanentes de conflicto para ser incorporadas en el nuevo Código que se estaba redactando. Su propuesta, con algunos cambios y luego de su defensa ante los miembros de la Comisión, se incorporó más tarde en el Avant-Projet de Code Civil, en los artículos 26 a 33 del Título Preliminar. Unos años antes, en su conocido libro Les conflits des lois dans le temps. Théorie dite de la non-rétroactivité des lois (1929-1933), el jurista señalaba, en la parte histórica de sus investigaciones, una aventurada afirmación: que los trabajos de los doctores medievales, especialmente los glosadores y posglosadores, junto con los canonistas, no tenían más que una importancia histórica y que el jurista actual bien podía prescindir de ellos. De comparar este juicio con aquel trabajo, advertí una curiosidad: las reglas que surgen de los escritos medievales, y el razonamiento de los canonistas, si se los considera adecuadamente, son similares a las normas del Projet de Roubier o, al menos, puede rastrearse en ellas su fundamento. Para destacar esa similitud, y la injusticia de la crítica, se evoca primeramente el pensamiento de dos escritores: Felino Sandeo y Jacobo de Belviso. El primero, un poco conocido canonista que, a través de un vasto de trabajo de recopilación del pensamiento de los escritores anteriores al siglo XV, muestra junto con sus opiniones el estado de la ciencia del derecho transitorio de la época; el segundo, un famoso jurista, utiliza en su exposición (en modo excelso) el método lógico. Ambos, por ello, serían exactos ejemplos del modelo que desprecia Roubier: Belviso, por un “espíritu escolástico al exceso”, y Felino, porque “cuenta los argumentos más que lo sopesa”. Se examinan luego algunos de los artículos proyectados por Roubier y se los compara con el pensamiento, principalmente de esos dos escritores, llegándose a ver con claridad la similitud indicada y la falta de precisión en la crítica.

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