Revista Electrónica de Derecho Internacional Contemporáneo (Feb 2020)

Transparencia y rendición de cuentas como imperativos de la democracia

  • Javier Leonardo Surasky

Journal volume & issue
Vol. 2, no. 2

Abstract

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Neue Hofburg, Viena, 1969. Representantes de 103 Estados miembros de las Naciones Unidas y 13 agencias y organismos especializados se reúnen en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho de los Tratados. Es una reunión formal que muestra una ONU muy diferente a la de 1945 como resultado de la “década de la descolonización”. La mayoría de los presentes viene de países subdesarrollados, muchos de ellos recién devenidos independientes. Algo, sin embargo, sigue incólume: hay una ausencia casi total de mujeres en el salón. El ambiente en que se desarrolla la reunión es cordial. Todavía resuenan los turbulentos sucesos de 1968, aunque la vocación por ser realista pidiendo lo imposible ya fue quitada de las fachadas parisinas. Apenas días antes del inicio de la conferencia, la Misión del Apolo 10 completa un simulacro de alunizaje que será cierto apenas unos meses después. En Estados Unidos son tiempos de demostraciones contra la guerra de Vietnam. En Argentina, del Rosariazo contra el dictador Juan Carlos Onganía. El proceso de descolonización va llegando a su fin, el “tercer mundo” va buscando su propia identidad y la guerra fría marca el ritmo de los debates internacionales. En 1962 el Telstar había sido el primer satélite de telecomunicaciones, un año más tarde en Europa se presentaba un nuevo dispositivo: el cassette. Antes del final de la década, en 1968, dos inventos marcaban el progreso de la informática: la memoria-RAM y el mouse. En el campo del derecho internacional, la reunión de Viena era un evento trascendental, pero pretender que la aplicación de sus normas debe mantenerse ligada al tiempo de su origen es como pretender hoy grabar un cassette desde nuestra PC o querer navegar internet usando una memoria-RAM de 1968. ¿Posible? Tal vez. ¿Ridículo? Sin dudas. El paso del tiempo y los nuevos desarrollos no son exclusividad de la tecnología. También suceden en las conceptualizaciones que realizan ciencias sociales sobre una organización cambiante de vida social, nacional e internacional. En este trabajo, partiendo del análisis de fuentes primarias producidas en el marco de la Conferencia de Viena como primer insumo, pretendemos demostrar la necesidad de aceptar, sobre bases jurídicas bien asentadas, la necesidad de reintepretar el contenido del artículo 80 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969, sobre la base del nuevo espacio que los actores no gubernamentales, la transparencia y la rendición de cuentas juegan en la promoción y defensa de la democracia -asunto que ahora es de interés del derecho internacional- y vinculando a esta última con la posibilidad de lograr mejoras en materia de desarrollo y el efectivo disfrute de los derechos humanos, otros dos asuntos caros al derecho internacional público de nuestro tiempo.

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