Nuevo Derecho (Jun 2024)
Razones de equidad para privilegiar a los padres como beneficiarios de la pensión de sobrevivencia en circunstancias dependencia económica y debilidad manifiesta por afectación del mínimo vital en Colombia
Abstract
En Colombia el actual orden excluyente de los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes se sustenta en el parentesco (consanguinidad, afinidad y civil) con independencia de criterios subjetivos como vejez, invalidez y pobreza. En contraste con la realidad social del país esta disposición normativa lesionaría gravemente el derecho constitucional del mínimo vital de los padres que dependían económicamente de su hijo causante, ya que a partir de su fallecimiento cesan los aportes de este, por lo que se produce una situación de debilidad manifiesta respecto a su subsistencia y la imposibilidad de concurrir con los hijos, cónyuges y/o compañero(a)s permanentes del causante, últimos categorizados legalmente como beneficiarios preferentes en la titularidad de la pensión de sobrevivientes respecto de los padres. Este artículo formula una iniciativa regulatoria que otorgue preferencia o concurrencia legal a los padres respecto de la cónyuge, la compañera permanente o los hijos del causante frente a la pensión de sobrevivencia, en aplicación del principio de equidad, el derecho a la dignidad humana y el mínimo vital, posibilidad concebida dentro de las normas especiales de la seguridad social de las fuerzas militares, en nuestro régimen interno.
Keywords