Quipukamayoc (Jun 2013)

DOS ESQUEMAS DE COMISIONES A LAS AFP EN EL PERÚ. ¿CUÁL CONVIENE?

  • Esteban Marino Avelino Sánchez,
  • Héctor Félix Cerna Maguiña,
  • Jaime Bernabé Torres Ramírez

DOI
https://doi.org/10.15381/quipu.v21i39.6269
Journal volume & issue
Vol. 21, no. 39
pp. 41 – 47

Abstract

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El problema de muchos afiliados al sistema privado de pensiones del Perú, en estos días, es la elección del esquema de comisiones a las AFP; la Ley 29903 establece dos: un porcentaje sobre el sueldo, tal como se viene haciendo o una comisión mixta, conformada con un porcentaje decreciente sobre el sueldo y otro sobre el saldo acumulado, durante 10 años; si los afiliados no eligen hasta el 31 de mayo el porcentaje sobre el sueldo, automáticamente la mayoría pasarán al esquema de la comisión mixta, advierten los expertos. De acuerdo con nuestras estimaciones efectuadas en el numeral 3, la diferencia entre ambos esquemas sería mínima, imperceptible para la mayoría de afiliados, porque las AFP tienen libertad para subir o bajar la comisión anual sobre el saldo acumulado a su voluntad; la opción de los afiliados por uno u otro esquema no afecta la libertad de las AFP para modificar la comisión anual, de acuerdo a las señales del mercado.

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