Derecho Animal (Apr 2013)

L’Animal en droit français

  • Jean-Pierre Marguénaud

DOI
https://doi.org/10.5565/rev/da.160
Journal volume & issue
Vol. 4, no. 2

Abstract

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Las personas que tienen la audacia de interesarse por la situación de los animales en derecho francés, español, americano o europeo, tienen tendencia a utilizar la expresión droit animal. Esta expresión es gramaticalmente inexacta, por lo menos en la lengua francesa. Parece remitir o, a un rasgo de derecho que sería animal como podría ser cruel, flexible, impreciso. O al derecho que algunas sociedades animales dan la impresión de inventárselo. No da cuenta exactamente del objeto de esta nueva asignatura jurídica, en curso de reconocimiento, que es estudiar las reglas jurídicas relativas a los animales y poner de relieve su singularidad. Para decir de que se trata de forma más clara, y optimizar las opciones de consagración de una nueva asignatura universitaria autónoma, más vale hablar de droit animalier, como se habla de art animalier y como lo hace la Revue semestrielle de droit animalier (Revista semestral de derecho animal), creada en 2009 con el Decano Jacques LEROY, jurista de oficio y con la filósofa Florence BURGAT. Una de las ventajas del droit animalier es permitir hacer entender que no es suficiente reforzar el derecho de la protección de los animales. Si no la de suavizar el derecho de la protección contra los animales, de lo que la proliferación y enfermedades representan desde tiempos inmemorables como peligro para humanos y los otros animales.