Revista Sobre la Infancia y la Adolescencia (Oct 2020)
Transexualidad y menores
Abstract
En el ámbito de la transexualidad los poderes públicos han ejercido desde un principio una política claramente restrictiva que ha requerido de años para poder abrirse a las nuevas necesidades y a la sociedad actual. Así, la normativa en la materia era totalmente excluyente de los menores de edad, considerándolos carentes de aptitud alguna para poder decidir sobre su identidad sexual y todo lo que ello conllevaba, quizá porque como afirman algunos autores “la finalidad básica de esa prohibición es la de garantizar que la decisión de la rectificación registral sea una decisión firme y coherente, evitando así cambios arbitrarios o no fundados en el sexo” (Vázquez-Pastor, 2010). Esta idea paternalista, inspiradora de la normativa, si bien intenta proteger a los mismos quizá, lo hace de manera excesiva, privándoles de derechos fundamentales como su dignidad y libre desarrollo de la personalidad y contradiciendo además, normas internacionales como la Convención de los Derechos del Niño (1989) que en su artículo 12 dispone lo siguiente “ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada”. En este breve artículo examinaremos la evolución de la transexualidad, centrándonos fundamentalmente en las normas más actuales, la Ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (Ley Nº 3/2007) y la Sentencia del Tribunal Constitucional de 18 de Julio de 2019 (Nº99/2019) que resuelve una cuestión de inconstitucionalidad ( Nº1595/2016) presentada por el Supremo extrayendo a continuación una serie de conclusiones acerca de, si se han derribado esas barreras y se ha permitido a los menores desarrollar su personalidad conforme a su identidad sexual o si por el contrario, estamos aún a medio camino de ese reconocimiento pleno.
Keywords