IDP (May 2021)
La regulación sobre la conservación de datos en el sector de las comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones: estado de la cuestión
Abstract
La Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre conservación de datos estableció la obligación de los operadores de telecomunicaciones de conservación generalizada e indiferenciada de los datos relativos a las comunicaciones electrónicas (telefonía fija, móvil o internet) con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de delitos graves. El TJUE, sin embargo, hizo tambalear las bases de dicha regulación con los casos Digital RightsIreland y Seitlinger y otros (2014) y Tele2 Sverige y Watson y otros (2016), en los que declaró contraria al Derecho de la Unión la conservación de datos en los términos de la Directiva de 2006. Por su parte, en el Derecho español, fue la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones la que hizo la transposición de la Directiva de Conservación de Datos (2006), si bien, a la luz de la doctrina del TJUE, su aplicación podría ser cuestionada (al igual que las demás legislaciones nacionales que la traspusieron). No obstante, lejos de ser una cuestión pacífica, se han venido manteniendo posiciones muy distintas por parte del Tribunal Supremo en sus resoluciones o de la doctrina. A ello se le añaden, además, los pronunciamientos posteriores del TJUE, en especial el caso La Quadrature du Net y otros contra Premier ministre y otros (2020), en los que el TJUE ha ido sentando las bases de la conservación de datos en el ámbito de las comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones.
Keywords