La Propiedad Inmaterial (Jun 2021)

Responsabilidad del influenciador digital a la luz del estatuto del consumidor colombiano

  • María Camila Molano París

DOI
https://doi.org/10.18601/16571959.n31.06
Journal volume & issue
no. 31

Abstract

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Los influenciadores digitales se han convertido en referentes de opinión con un potencial para influir en las decisiones de consumo de sus audiencias. Por lo tanto, estos sujetos utilizan sus redes sociales digitales para difundir información espontáneamente y de manera casi imperceptible sobre productos y/o servicios propios o de un tercero. Esta dinámica, que está desafiando las formas tradicionales de publicidad, se denomina Influencer Marketing. A pesar de que dichas actuaciones constituyen una práctica cada vez más recurrente en Colombia, actualmente no hay una normativa específica que defina los parámetros de esta conducta o que delimite el alcance de su responsabilidad. En octubre de 2020 la Superintendencia de Industria y Comercio expidió una serie de recomendaciones no vinculantes orientadas a establecer una eventual responsabilidad de los influenciadores digitales bajo la normatividad vigente, particularmente a la luz del Estatuto del Consumidor. Por ello, resulta de interés puntualizar la manera en que el contenido de dicho cuerpo normativo les puede ser aplicado a las actuaciones de estos sujetos, y así llevarlos a responder a la luz del derecho del consumo.

Keywords